El claustro reúne a todos los docentes del centro para tratar la gestión del diseño, desarrollo y evaluación del currículo académico.
Documento en el registro de la Propiedad Intelectual; puede ser copiado y difundido citando la autoría. Se debe citar este documento así:
Fombona, J. y Pascual, M.A. (2020). Claustro de profesores. Organizaciones transparentes. Universidad de Oviedo. DOI: 10.13140/RG.2.2.20544.56325. Recuperado de https://www.orgtransparente.uniovi.es/claustro-profesores/. [fecha de consulta].
El claustro reúne a todos los docentes del centro educativo para planificar, coordinar e informar sobre la actividad del colegio.
Es un órgano consultivo sobre la gestión, sobre el desarrollo y evaluación del currículo académico, da el visto bueno a los principales documentos del Centro, revisa las normas de funcionamiento, el calendario escolar, etc.
El Claustro está presidido por el director y sus competencias giran en torno a todas las cuestiones que afectan al currículo académico: formula propuestas a los demás órganos de gobierno para la elaboración de los proyectos del centro, así como para la programación anual; fija los criterios referentes a la orientación, tutoría y evaluación del alumnado; promueve iniciativas de mejora de la tarea docente y de la convivencia; aprueba y evalúa la memoria del curso y el propio funcionamiento del centro y los resultados de la enseñanza.
En España, la Ley Orgánica de Educación, LOE, define al Claustro como el principal órgano de participación de todos los profesores en el gobierno de su centro educativo. En cada región española los respectivos decretos han ido desarrollando el contenido de esta ley. Así, en Asturias se ha establecido un mínimo de 5 reuniones de claustro por curso, además de las que convoque el director o lo pidan al menos un tercio de los profesores. La asistencia a estas reuniones es obligatoria así como el cumplimiento de los acuerdos que se tomen.
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